AdministraciónDificultad: MediaTemario

Según el artículo 39.d) de la Ley 9/2007 (redacción vigente), ¿quién puede requerir a las entidades locales para que anulen actos y acuerdos de su ámbito de competencias?

  1. ALas personas titulares de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía.
  2. Las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de las Consejerías.Respuesta correcta
  3. CLas personas titulares de las agencias públicas empresariales adscritas.
  4. DLas personas titulares de las Secretarías Generales Técnicas de las Consejerías.

Explicación

El artículo 39.d) atribuye el requerimiento a las entidades locales para anular actos y acuerdos a las personas titulares de las Delegaciones Provinciales.

Referencia: Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, artículo 39.

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