AdministraciónDificultad: MediaTemario

Según el artículo 35.2 de la Ley 9/2007, las Delegaciones Territoriales podrán crearse por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de:

  1. ALa persona titular de cada Delegación del Gobierno.
  2. BLa Intervención General de la Junta de Andalucía.
  3. CLa Consejería competente en materia de Hacienda.
  4. La Consejería competente en materia de la Presidencia.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 35.2 permite crear Delegaciones Territoriales por Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de la Presidencia. No corresponde la propuesta a la Intervención General, ni a Hacienda, ni a la persona titular de la Delegación del Gobierno.

Referencia: Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, artículo 35.

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