Reglamento del Parlamento de AndalucíaDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 29 del Reglamento, corresponde al Presidente o Presidenta del Parlamento:

  1. AElaborar en solitario el proyecto de presupuesto del Parlamento y aprobar la relación de puestos.
  2. BCalificar en exclusiva todos los escritos parlamentarios sin intervención colegiada de la Mesa.
  3. CNombrar y cesar al Letrado o Letrada Mayor sin propuesta ni acuerdo alguno de la Mesa.
  4. Ostentar la representación de la Cámara, dirigir los debates y mantener el orden de los mismos.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 29.1.º atribuye al Presidente la representación, la buena marcha de los trabajos, la dirección de los debates y el mantenimiento del orden. El presupuesto y la RPT son de la Mesa (art. 28); la calificación compete a la Mesa; el Letrado Mayor lo nombra la Mesa a propuesta del Presidente (art. 32.2).

Referencia: Reglamento del Parlamento de Andalucía, art. 29

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