Reglamento del Parlamento de AndalucíaDificultad: MediaTemario

De acuerdo con el artículo 28.2 del Reglamento, si se discrepa de la calificación o tramitación acordada por la Mesa, ¿en qué plazo puede solicitarse la reconsideración?

  1. ADentro de los cinco días siguientes a la notificación del acuerdo de la Mesa.
  2. Dentro de los dos días siguientes a la notificación del acuerdo de la Mesa.Respuesta correcta
  3. CDentro de los diez días hábiles desde la publicación del acuerdo en el BOPA.
  4. DEn la primera sesión del Pleno que se celebre con posterioridad al acuerdo impugnado.

Explicación

El artículo 28.2 permite solicitar la reconsideración dentro de los dos días siguientes a la notificación; la Mesa decide definitivamente en la primera sesión tras la solicitud, y la presentación suspende la tramitación. No son cinco ni diez días ni el primer Pleno como plazo de interposición.

Referencia: Reglamento del Parlamento de Andalucía, art. 28

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