Según el artículo 26.5.2, ¿en qué plazo máximo deben incorporarse a la RPT las conclusiones de los estudios sobre jornadas especiales?
- ATres meses desde su negociación.
- BUn año desde su negociación.
- Seis meses.Respuesta correcta
- DDos meses desde su negociación.
Explicación
El artículo 26.5.2 (Acuerdo de 2/11/2016, publicado por Resolución de 22/11/2016, BOJA núm. 232, de 2 de diciembre de 2016) dispone que las conclusiones, previa negociación en la Comisión del Convenio, «se incorporarán a la relación de puestos de trabajo en un plazo máximo de seis meses».
Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 26.5.2.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo VIII - Jornada y horario». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 26.5.2. Es la pregunta 14 de 32 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Seis meses.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Artículo 26 - Jornadas y horarios especiales
- Normativa
- VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 14 de 32
- Última revisión
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