AdministraciónDificultad: MediaTemario

Según el artículo 17.5 de la Ley 9/2007, ¿entre qué personal, además del funcionario de carrera con titulación de licenciatura, grado o equivalente, puede realizarse el nombramiento de las Secretarías Generales Técnicas?

  1. Personal estatutario fijo de los servicios de salud para cuyo ingreso se exija el título de licenciatura, grado o equivalente.Respuesta correcta
  2. BPersonal funcionario interino del grupo C1 con destino en la propia Consejería, sin titulación de grado.
  3. CPersonal eventual de gabinete designado libremente por la persona titular de la Consejería.
  4. DPersonal laboral temporal de la propia Consejería, sin exigencia de título universitario de grado.

Explicación

El artículo 17.5 permite nombrar a las Secretarías Generales Técnicas entre personal funcionario de carrera con titulación de licenciatura, grado o equivalente, o entre personal estatutario fijo de los servicios de salud con esa misma titulación. Ni el personal eventual de gabinete, ni el funcionario interino del grupo C1, ni el laboral temporal sin título universitario figuran como perfiles habilitados en ese precepto.

Referencia: Artículo 17 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

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