Ley de Régimen Jurídico del Sector PúblicoDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 16.2 de la Ley 40/2015, corresponderá al Secretario del órgano colegiado:

  1. ADirimir con su voto los empates en las votaciones del órgano colegiado.
  2. BFijar el orden del día sin intervención del Presidente del órgano colegiado.
  3. Velar por la legalidad formal y material de las actuaciones del órgano y certificarlas.Respuesta correcta
  4. DOstentar la representación externa del órgano frente a terceros interesados.

Explicación

El artículo 16.2 atribuye al Secretario velar por la legalidad formal y material de las actuaciones del órgano, certificarlas y garantizar el respeto de los procedimientos y reglas de constitución y adopción de acuerdos. Dirimir empates, fijar el orden del día y representar al órgano corresponden al Presidente en el régimen del artículo 19.2.

Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, artículo 16.2.

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