Ley de Régimen Jurídico del Sector PúblicoDificultad: BásicaTemario
Según el artículo 16.2 de la Ley 40/2015, corresponderá al Secretario del órgano colegiado:
- ADirimir con su voto los empates en las votaciones del órgano colegiado.
- BFijar el orden del día sin intervención del Presidente del órgano colegiado.
- Velar por la legalidad formal y material de las actuaciones del órgano y certificarlas.Respuesta correcta
- DOstentar la representación externa del órgano frente a terceros interesados.
Explicación
El artículo 16.2 atribuye al Secretario velar por la legalidad formal y material de las actuaciones del órgano, certificarlas y garantizar el respeto de los procedimientos y reglas de constitución y adopción de acuerdos. Dirimir empates, fijar el orden del día y representar al órgano corresponden al Presidente en el régimen del artículo 19.2.
Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, artículo 16.2.
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