Según el artículo 116.4.d) de la Ley 9/2017, al justificar el valor estimado en el expediente deben incluirse siempre:

  1. ALos gastos de publicidad de la licitación.
  2. BLos costes de la garantía definitiva.
  3. Los costes laborales, si existiesen.Respuesta correcta
  4. DLos honorarios de la mesa de contratación.

Explicación

El artículo 116.4.d) exige justificar el valor estimado con indicación de todos los conceptos que lo integran, incluyendo siempre los costes laborales si existiesen.

Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 116.4.d.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO SEGUNDO - De los contratos de las Administraciones Públicas / TÍTULO I - Disposiciones generales / CAPÍTULO I - De las actuaciones relativas a la contratación de las Administraciones Públicas / Sección 1.ª De la preparación de los contratos de las Administraciones Públicas / Subsección 1.ª Expediente de contratación». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 116 de Ley 9/2017. Es la pregunta 3 de 12 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Los costes laborales, si existiesen.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 116 - Expediente de contratación: iniciación y contenido
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 3 de 12
Última revisión

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