En la tramitación urgente, ¿de qué plazo disponen los órganos para emitir informes según el artículo 119.2.a) de la Ley 9/2017?
- De cinco días, prorrogable hasta diez por causa justificada.Respuesta correcta
- BDe diez días, prorrogable hasta quince por causa justificada.
- CDe tres días, sin posibilidad de prórroga en ningún caso.
- DDe quince días, prorrogable hasta un mes por causa justificada.
Explicación
El artículo 119.2.a) prevé un plazo de cinco días para emitir los informes, que quedará prorrogado hasta diez días cuando la complejidad u otra causa justificada impida cumplirlo.
Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 119.2.a.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «LIBRO SEGUNDO - De los contratos de las Administraciones Públicas / TÍTULO I - Disposiciones generales / CAPÍTULO I - De las actuaciones relativas a la contratación de las Administraciones Públicas / Sección 1.ª De la preparación de los contratos de las Administraciones Públicas / Subsección 1.ª Expediente de contratación». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 119 de Ley 9/2017. Es la pregunta 9 de 12 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «De cinco días, prorrogable hasta diez por causa justificada.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Contratos
- Artículo o apartado
- Artículo 119 - Tramitación urgente del expediente
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 9 de 12
- Última revisión
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