Según el artículo 110.3 del Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos, son instrumentos mínimos de información:

  1. ALas guías, los cuadros de clasificación, los inventarios y los catálogos.
  2. BLas relaciones de entrega, las actas de eliminación y los calendarios.
  3. CLas tablas de valoración, los formularios y los estudios de identificación.
  4. La memoria anual, las estadísticas, los censos y los directorios de archivos.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 110.3 establece como instrumentos mínimos de información la memoria anual del archivo, las estadísticas, los censos de archivos y los directorios de archivos.

Referencia: Decreto 97/2000, de 6 de marzo, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos, art. 110.3.

¿Crees que la respuesta correcta es otra?

Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.

¿Te ha sido útil?

Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Archivos», dentro del tema «Título II - Del funcionamiento de los archivos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 110 de Decreto 97/2000. Es la pregunta 81 de 93 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «La memoria anual, las estadísticas, los censos y los directorios de archivos.».

Materia
Archivos
Artículo o apartado
Artículo 110 - Instrumentos de información
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 81 de 93
Última revisión

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas sobre el artículo 110

Más preguntas de este tema