Según el apartado 2.2.3, ¿en qué franjas puede recuperarse el tiempo derivado de la flexibilidad horaria?
- ASolo de 16:00 a 20:00 horas, cualquier día laborable de la semana.
- BDe 7:00 a 9:00 y de 14:00 a 16:00 horas, de lunes a viernes.
- De 7:30 a 9:00, de 14:00 a 15:30 y de 16:00 a 20:00 los lunes, martes y jueves.Respuesta correcta
- DDe 15:30 a 18:00 horas, los lunes y los miércoles de cada semana.
Explicación
El apartado 2.2.3 permite cumplir el tiempo a recuperar «entre las 7:30 y las 9:00 horas, las 14:00 y las 15:30 horas y de 16:00 a 20:00 horas, estas últimas, los lunes, martes y jueves».
Referencia: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 2.2.3.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Apartado 2 - Jornada laboral ordinaria y horario». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 2.2.3. Es la pregunta 18 de 28 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «De 7:30 a 9:00, de 14:00 a 15:30 y de 16:00 a 20:00 los lunes, martes y jueves.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Apartado 2.2 - Horario
- Normativa
- Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 18 de 28
- Última revisión
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