Salvo urgente necesidad, ¿qué preaviso mínimo requiere el uso de la bolsa de horas según el apartado 2.4.7?

  1. ADiez días hábiles ante el órgano de personal.
  2. Tres días hábiles.Respuesta correcta
  3. CCinco días naturales ante la jefatura del servicio.
  4. DQuince días naturales ante la Secretaría General Técnica.

Explicación

El apartado 2.4.7 indica que el uso de la bolsa de horas, «salvo en supuestos de urgente necesidad, requerirá un preaviso mínimo de tres días hábiles ante el órgano competente en materia de personal».

Referencia: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 2.4.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Apartado 2 - Jornada laboral ordinaria y horario». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 2.4. Es la pregunta 21 de 28 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Tres días hábiles.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Apartado 2.4 - Bolsa de horas de libre disposición
Normativa
Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 21 de 28
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