Salvo lo dispuesto en el artículo 76, ¿cuál es el plazo mínimo de constitución de los depósitos según el artículo 66 del Reglamento?

  1. Diez años.Respuesta correcta
  2. BCinco años.
  3. CVeinticinco años.
  4. DQuince años.

Explicación

El artículo 66 dispone que en ningún caso se constituirán depósitos por plazo inferior a diez años, salvo lo dispuesto en el artículo 76.

Referencia: Decreto 97/2000, de 6 de marzo, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos, art. 66.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Archivos», dentro del tema «Título II - Del funcionamiento de los archivos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 66 de Decreto 97/2000. Es la pregunta 47 de 93 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Diez años.».

Materia
Archivos
Artículo o apartado
Artículo 66 - Plazo de los depósitos
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 47 de 93
Última revisión

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