¿Qué pueden acordar los titulares de las Consejerías cuando la modificación de un contrato de obras exija suspender su ejecución con grave perjuicio según el artículo 4.a) del Decreto 39/2011?

  1. La continuación provisional de las obras.Respuesta correcta
  2. BLa resolución inmediata del contrato.
  3. CLa adjudicación de las obras a un tercero.
  4. DLa ampliación automática del plazo de ejecución.

Explicación

El artículo 4.a) del Decreto 39/2011 atribuye a los titulares de las Consejerías acordar la continuación provisional de las obras cuando la tramitación del expediente de modificación exija la suspensión y ello ocasione graves perjuicios al interés público.

Referencia: Decreto 39/2011, de 22 de febrero, art. 4.a.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «Capítulo II - Organización». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 4 de Decreto 39/2011. Es la pregunta 14 de 38 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «La continuación provisional de las obras.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 4 - Otras competencias de las personas titulares de las Consejerías y de las entidades
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 14 de 38
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