¿En qué plazo deben los titulares de las Consejerías dar cuenta al Consejo de Gobierno del acuerdo de tramitación de emergencia según el artículo 4.b) del Decreto 39/2011?

  1. AEn el plazo máximo de treinta días.
  2. En el plazo máximo de dos meses.Respuesta correcta
  3. CEn el plazo máximo de diez días hábiles.
  4. DEn el plazo máximo de tres meses.

Explicación

El artículo 4.b) del Decreto 39/2011 atribuye a los titulares de las Consejerías dar cuenta al Consejo de Gobierno, en el plazo máximo de dos meses, de la adopción del acuerdo de tramitación de emergencia de cualquier contrato.

Referencia: Decreto 39/2011, de 22 de febrero, art. 4.b.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «Capítulo II - Organización». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 4 de Decreto 39/2011. Es la pregunta 10 de 38 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «En el plazo máximo de dos meses.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 4 - Otras competencias de las personas titulares de las Consejerías y de las entidades
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 10 de 38
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