Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

¿Qué prevé la disposición adicional segunda del Decreto 275/2010 respecto de las páginas web de las Consejerías y, en su caso, de sus agencias?

  1. AQue incluyan un buzón para que la ciudadanía presente denuncias por discriminación por razón de sexo ante la Unidad.
  2. BQue publiquen anualmente el informe de evaluación del impacto de género de todas las disposiciones de la Consejería.
  3. Que se implanten secciones dedicadas a facilitar la documentación, información y recursos generados por la respectiva Unidad.Respuesta correcta
  4. DQue enlacen con un portal común gestionado por el Instituto Andaluz de la Mujer en sustitución de sus contenidos propios.

Explicación

La disposición adicional segunda ordena que en las páginas web de todas las Consejerías y, en su caso, de las agencias administrativas y de régimen especial «se implantarán secciones específicamente dedicadas a facilitar la documentación, información y recursos de apoyo existentes, generados por la respectiva Unidad de Igualdad de Género». No prevé buzones de denuncias ni un portal común sustitutivo.

Referencia: Decreto 275/2010, de 27 de abril, disposición adicional segunda.

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas de este tema