Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

¿Qué perfil profesional exige el artículo 6.1 a quien vaya a presidir el Consejo Consultivo?

  1. AEntre juristas de reconocido prestigio con experiencia superior a diez años.
  2. BEntre funcionarios de carrera del cuerpo de letrados de la Junta de Andalucía.
  3. Entre juristas de reconocido prestigio con experiencia superior a quince años.Respuesta correcta
  4. DEntre quienes hayan desempeñado la Presidencia de la Junta de Andalucía.

Explicación

El artículo 6.1 exige que la Presidencia se nombre «entre juristas de reconocido prestigio con una experiencia superior a quince años». La exposición de motivos explica que la ley eleva de diez a quince años ese requisito; los letrados de la Junta pueden acceder a puestos de letrado del Consejo (art. 33) y los expresidentes de la Junta son consejeros permanentes (art. 7).

Referencia: Ley 2/2024, de 19 de julio, del Consejo Consultivo de Andalucía, art. 6.

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta gratis para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear cuenta gratis

Más preguntas de este tema