¿Qué obra debe considerarse completa a efectos del contrato de obras conforme al artículo 13.3 de la Ley 9/2017?

  1. La susceptible de ser entregada al uso general o al servicio correspondiente.Respuesta correcta
  2. BLa que haya sido recibida de conformidad y liquidada por la Administración.
  3. CLa que cuente con proyecto aprobado y replanteo previo comprobado.
  4. DLa que no requiera ampliaciones posteriores durante su vida útil.

Explicación

El artículo 13.3 dispone que los contratos de obras se referirán a una obra completa, «entendiendo por esta la susceptible de ser entregada al uso general o al servicio correspondiente», sin perjuicio de ampliaciones posteriores.

Referencia: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, art. 13.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «TÍTULO PRELIMINAR - Disposiciones generales / CAPÍTULO II - Contratos del sector público / Sección 1.ª Delimitación de los tipos contractuales». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 13 de Ley 9/2017. Es la pregunta 5 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «La susceptible de ser entregada al uso general o al servicio correspondiente.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 13 - Contrato de obras
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 5 de 20
Última revisión

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