¿Qué coeficiente multiplicador se aplica a las horas extraordinarias en domingos y festivos según el artículo 32.9?

  1. 2.Respuesta correcta
  2. B1,75 sobre el salario por hora.
  3. C1,5 sobre el salario por hora.
  4. D2,5 sobre el salario por hora.

Explicación

El artículo 32.9 fija la fórmula (Salario ordinario/1.582) x 1,75 y añade que «para las horas extraordinarias realizadas en domingos y festivos, el coeficiente multiplicador será 2».

Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 32.9.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo VIII - Jornada y horario». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 32.9. Es la pregunta 31 de 32 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «2.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 32 - Horas extraordinarias
Normativa
VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 31 de 32
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