Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: MediaTemario
¿Qué caracteriza a las casas de acogida dentro de los tres niveles de atención que define la letra b) del artículo 44.1 de la Ley 13/2007?
- AUna acogida inmediata de corta duración para garantizar su seguridad personal en la situación de crisis inicial.
- BUna vivienda cedida para uso familiar a las mujeres que ya pueden vivir de forma independiente.
- CUn alojamiento indefinido sin limitación temporal en un centro residencial para personas mayores.
- Una acogida temporal con atención integral multidisciplinar, para que las mujeres se recuperen de la violencia padecida.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 44.1.b) define las casas de acogida como las que ofrecen «una acogida temporal a las mujeres y menores que las acompañen, garantizándoles una atención integral multidisciplinar, para que las mujeres sean capaces de recuperarse de los efectos de la violencia padecida».
Referencia: Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, art. 44.1.b).
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- Según el artículo 26.1.a) de la Ley 13/2007, el derecho a recibir información, asesoramiento y atención adecuada queda garantizado a las mujeres extranjeras:
- Conforme al artículo 26.1.b) de la Ley 13/2007, las Administraciones públicas de Andalucía garantizarán a las víctimas el derecho a recibir información sobre:
- Según el artículo 26.1.c) de la Ley 13/2007, las víctimas tienen derecho a acceder a la información en materia de violencia de género, particularmente sobre recursos y servicios de atención, a través de:
- Conforme al artículo 26.2 de la Ley 13/2007, la información a la que tienen derecho las víctimas comprenderá, además de las medidas de protección y seguridad y los derechos y ayudas de la ley:
- Entre los derechos a la atención especializada que el artículo 27.1 de la Ley 13/2007 garantiza a las mujeres víctimas de violencia de género figura:
- Según el artículo 27.2 de la Ley 13/2007, los derechos de atención especializada del apartado 1 se extienden a:
- Conforme al artículo 27.3 de la Ley 13/2007, la Junta desarrollará programas específicos para víctimas de violencia de género especialmente vulnerables, entre otras:
- Según el artículo 28 de la Ley 13/2007, deberán proteger la intimidad y privacidad de la información sobre las mujeres víctimas de violencia de género: