Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario
Según el artículo 27.2 de la Ley 13/2007, los derechos de atención especializada del apartado 1 se extienden a:
- Las víctimas a las que se refieren las letras b), c) y d) del artículo 1 bis.Respuesta correcta
- BLas personas que hayan presenciado los hechos y presten declaración como testigos.
- CLos familiares del agresor que convivan con la víctima en el mismo domicilio.
- DLas víctimas de violencia doméstica de ambos sexos residentes en Andalucía.
Explicación
El artículo 27.2 dispone que esos derechos «se extenderán a las víctimas a las que se refieren las letras b), c) y d) del artículo 1 bis»: hijas e hijos, personas dependientes convivientes sujetas a la tutela o guarda de la mujer y madres cuyos hijos hayan sido asesinados.
Referencia: Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, art. 27.2.
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- Según el artículo 26.1.a) de la Ley 13/2007, el derecho a recibir información, asesoramiento y atención adecuada queda garantizado a las mujeres extranjeras:
- Conforme al artículo 26.1.b) de la Ley 13/2007, las Administraciones públicas de Andalucía garantizarán a las víctimas el derecho a recibir información sobre:
- Según el artículo 26.1.c) de la Ley 13/2007, las víctimas tienen derecho a acceder a la información en materia de violencia de género, particularmente sobre recursos y servicios de atención, a través de:
- Conforme al artículo 26.2 de la Ley 13/2007, la información a la que tienen derecho las víctimas comprenderá, además de las medidas de protección y seguridad y los derechos y ayudas de la ley:
- Entre los derechos a la atención especializada que el artículo 27.1 de la Ley 13/2007 garantiza a las mujeres víctimas de violencia de género figura:
- Conforme al artículo 27.3 de la Ley 13/2007, la Junta desarrollará programas específicos para víctimas de violencia de género especialmente vulnerables, entre otras:
- Según el artículo 28 de la Ley 13/2007, deberán proteger la intimidad y privacidad de la información sobre las mujeres víctimas de violencia de género:
- Conforme al artículo 28 de la Ley 13/2007, se garantizará especialmente la confidencialidad de los datos personales de las víctimas de los que pudiera deducirse: