Por nacimiento de hijos prematuros u hospitalizados tras el parto, ¿qué ausencia retribuida reconoce el apartado 8.10?

  1. AUn máximo de una hora diaria.
  2. BUn máximo de tres horas diarias.
  3. Un máximo de dos horas diarias.Respuesta correcta
  4. DUn máximo de media jornada diaria.

Explicación

El apartado 8.10 reconoce el derecho «a ausentarse del trabajo durante un máximo de dos horas diarias percibiendo las retribuciones íntegras».

Referencia: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 8.10.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Apartado 8 - Permisos y reducciones de jornada por razones de conciliación de la vida personal, familiar y laboral». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 8.10. Es la pregunta 50 de 69 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Un máximo de dos horas diarias.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Apartado 8.10 - Permiso y reducción de jornada por nacimiento de hijos o hijas prematuros u hospitalizados
Normativa
Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 50 de 69
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