¿Para quién es público el registro de licitadores según el artículo 26.1 del Decreto 39/2011?
- Para quienes tengan interés legítimo en conocer su contenido.Respuesta correcta
- BPara cualquier persona, sin necesidad de acreditar interés alguno.
- CSolo para los órganos de contratación del sector público andaluz.
- DSolo para las empresas inscritas respecto de sus propios datos.
Explicación
El artículo 26.1 del Decreto 39/2011 dispone que el Registro será público para quienes tengan interés legítimo en conocer su contenido.
Referencia: Decreto 39/2011, de 22 de febrero, art. 26.1.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «Capítulo III - Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía / Sección 4.ª Otras disposiciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 26 de Decreto 39/2011. Es la pregunta 6 de 7 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Para quienes tengan interés legítimo en conocer su contenido.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Contratos
- Artículo o apartado
- Artículo 26 - Acceso al Registro de Licitadores
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 6 de 7
- Última revisión
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