¿Para quién es público el registro de licitadores según el artículo 26.1 del Decreto 39/2011?

  1. Para quienes tengan interés legítimo en conocer su contenido.Respuesta correcta
  2. BPara cualquier persona, sin necesidad de acreditar interés alguno.
  3. CSolo para los órganos de contratación del sector público andaluz.
  4. DSolo para las empresas inscritas respecto de sus propios datos.

Explicación

El artículo 26.1 del Decreto 39/2011 dispone que el Registro será público para quienes tengan interés legítimo en conocer su contenido.

Referencia: Decreto 39/2011, de 22 de febrero, art. 26.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «Capítulo III - Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Andalucía / Sección 4.ª Otras disposiciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 26 de Decreto 39/2011. Es la pregunta 6 de 7 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Para quienes tengan interés legítimo en conocer su contenido.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 26 - Acceso al Registro de Licitadores
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 6 de 7
Última revisión

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