¿Mediante qué instrumento tiene lugar la creación de sedes electrónicas según el artículo 17.3 del Decreto 622/2019?
- Mediante orden de las Consejerías competentes en administración pública y transformación digital.Respuesta correcta
- BMediante decreto del Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejería de la Presidencia.
- CMediante resolución de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía.
- DMediante orden de la Consejería titular de la sede, previo informe no vinculante.
Explicación
El artículo 17.3, en la redacción del Decreto-ley 3/2024, dispone que «la creación de sedes electrónicas tendrá lugar mediante orden de las Consejerías competentes en materia de administración pública y transformación digital», conforme a los artículos 19 y 20. No se crean por decreto ni por resolución de la Agencia Digital; la orden de la Consejería con informe previo es el instrumento para los portales específicos (art. 16.2).
Referencia: Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, art. 17.3.
Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Administración Electrónica», dentro del tema «Capítulo III - Puntos de acceso electrónico». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 17 de Decreto 622/2019. Es la pregunta 11 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción A: «Mediante orden de las Consejerías competentes en administración pública y transformación digital.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Administración Electrónica
- Artículo o apartado
- Artículo 17 - Creación y requisitos de las sedes electrónicas
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 11 de 20
- Última revisión
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