Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario

Los expedientes tendrán, conforme al artículo 70.2:

  1. AFormato papel, con copia electrónica opcional.
  2. BFormato mixto, a elección del interesado.
  3. CFormato electrónico solo cuando el interesado esté obligado a relacionarse por esos medios.
  4. Formato electrónico, formados por agregación ordenada de documentos, pruebas.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 70.2 impone el formato electrónico y describe la agregación ordenada de esos elementos, con índice numerado al remitirse y copia electrónica certificada de la resolución. No deja la elección al interesado ni limita el formato electrónico a obligados del artículo 14.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 70.

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