Los daños causados a los documentos puestos a disposición de los usuarios y las sustracciones se pondrán en conocimiento, según el artículo 96:

  1. ADe la Comisión del Sistema Archivístico y del Archivo General de Andalucía.
  2. Del titular de los documentos y de la consejería, a efectos sancionadores.Respuesta correcta
  3. CDel Defensor del Pueblo Andaluz y de la delegación del Gobierno.
  4. DDel ayuntamiento del lugar y de la policía local del municipio.

Explicación

El artículo 96 dispone que los daños y sustracciones se pondrán en conocimiento del titular de los documentos y de la Consejería de Cultura, a efecto de incoar el procedimiento sancionador, y, cuando proceda, de la autoridad judicial.

Referencia: Decreto 97/2000, de 6 de marzo, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos, art. 96.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Archivos», dentro del tema «Título II - Del funcionamiento de los archivos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 96 de Decreto 97/2000. Es la pregunta 67 de 93 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Del titular de los documentos y de la consejería, a efectos sancionadores.».

Materia
Archivos
Artículo o apartado
Artículo 96 - Obligación de comunicación en caso de daños
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 67 de 93
Última revisión

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