Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: MediaTemario

Las Administraciones Públicas podrán admitir los sistemas de identificación contemplados en la Ley como sistema de firma, según el artículo 10.4, cuando:

  1. Así lo disponga expresamente la normativa aplicable y permitan acreditar la voluntad y el consentimiento.Respuesta correcta
  2. BAsí lo acuerde el órgano instructor en el acuerdo de iniciación del procedimiento correspondiente.
  3. CEl interesado lo solicite y la Administración no se oponga en el plazo de diez días hábiles.
  4. DSe trate de actos de mero trámite que no requieran la acreditación de la representación.

Explicación

El artículo 10.4 exige que «así lo disponga expresamente la normativa reguladora aplicable» y que el sistema permita «acreditar la autenticidad de la expresión de la voluntad y consentimiento de los interesados». Ni el instructor, ni la mera solicitud del interesado, ni el carácter de mero trámite bastan para esa admisión.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 10.4.

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