¿Hasta qué edad del hijo o hija puede disfrutarse el permiso por lactancia del apartado 8.9?

  1. AHasta que cumpla doce meses de edad.
  2. BHasta que cumpla dieciocho meses de edad.
  3. CHasta que cumpla nueve meses de edad.
  4. Hasta que cumpla dieciséis meses.Respuesta correcta

Explicación

El apartado 8.9 establece que «este permiso podrá disfrutarse hasta el que el hijo o la hija, o la persona sujeta a guarda con fines de adopción o a acogimiento, cumpla dieciséis meses».

Referencia: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 8.9.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Apartado 8 - Permisos y reducciones de jornada por razones de conciliación de la vida personal, familiar y laboral». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 8.9. Es la pregunta 47 de 69 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Hasta que cumpla dieciséis meses.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Apartado 8.9 - Permiso y reducción de jornada por lactancia o cuidado de hijo o hija menor de dieciséis meses
Normativa
Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 47 de 69
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