Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: MediaTemario

¿En qué supuesto permite el artículo 32.5, añadido por el Real Decreto-ley 6/2022, acordar la ampliación general de plazos de los procedimientos administrativos?

  1. ACuando el número de solicitudes recibidas impida cumplir el plazo máximo de resolución.
  2. Cuando un ciberincidente haya afectado gravemente a los servicios y sistemas de tramitación.Respuesta correcta
  3. CCuando la sede electrónica permanezca inaccesible durante más de veinticuatro horas.
  4. DCuando se declare la tramitación de urgencia por razones de interés público.

Explicación

El apartado 5 del artículo 32, añadido por la disposición final 21 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, permite acordar «la ampliación general de plazos de los procedimientos administrativos» cuando, como consecuencia de un ciberincidente, se hayan visto gravemente afectados los servicios y sistemas utilizados para la tramitación. El exceso de solicitudes tiene otros remedios en el artículo 21.5, la ley no fija un umbral de veinticuatro horas y la urgencia reduce plazos en lugar de ampliarlos.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 32.

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