En la edición o difusión de los instrumentos de descripción, el artículo 82 exige en todo caso:

  1. AObtener la autorización de la consejería competente en materia de cultura.
  2. BIncluir el logotipo del Sistema Andaluz de Archivos en la portada.
  3. CDepositar un ejemplar en la Biblioteca de Andalucía.
  4. Citar al archivero o archivera que hubiera intervenido en su confección.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 82 remite a la legislación de propiedad intelectual y exige que, en todo caso, en la edición o difusión de los instrumentos de descripción se cite al archivero o archivera que hubiera intervenido en su confección.

Referencia: Decreto 97/2000, de 6 de marzo, Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos, art. 82.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Archivos», dentro del tema «Título II - Del funcionamiento de los archivos». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 82 de Decreto 97/2000. Es la pregunta 60 de 93 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Citar al archivero o archivera que hubiera intervenido en su confección.».

Materia
Archivos
Artículo o apartado
Artículo 82 - Propiedad intelectual de los instrumentos de descripción
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 60 de 93
Última revisión

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