En la comisión de servicios para cooperación internacional, ¿qué retribución se percibe según el artículo 139.3 de la Ley 5/2023?

  1. La que determine la resolución, del puesto de origen o del puesto a desempeñar.Respuesta correcta
  2. BLa del puesto de origen, más una indemnización por residencia en el extranjero.
  3. CLa que abone el organismo internacional, sin cargo a la Junta de Andalucía.
  4. DLa del puesto a desempeñar, sin posibilidad de optar por la del puesto de origen.

Explicación

El artículo 139.3 dispone que la resolución «determinará [...] si se percibe la retribución correspondiente al puesto de origen o al puesto a desempeñar».

Referencia: Ley 5/2023 de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, art. 139.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título X - Provisión de puestos de trabajo y movilidad / Capítulo III - Movilidad entre Administraciones públicas». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 139 de Ley 5/2023. Es la pregunta 11 de 11 que tenemos sobre este tema y su dificultad es avanzada. La respuesta correcta es la opción A: «La que determine la resolución, del puesto de origen o del puesto a desempeñar.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 139 - Comisión de servicios en programas de cooperación internacional
Dificultad
Avanzada
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 11 de 11
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