En el supuesto de que la subvención, sola o con otras ayudas, supere el coste de la actividad, ¿qué procede según el artículo 37.3 de la Ley 38/2003?

  1. AEl reintegro de la totalidad de la subvención, sin exigencia de interés de demora.
  2. BLa revisión de oficio de la resolución de concesión por causa de nulidad.
  3. El reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad, con el interés de demora.Respuesta correcta
  4. DLa imposición de una sanción leve sin obligación de reintegro alguno.

Explicación

El artículo 37.3 dispone que, en el supuesto del artículo 19.3, «procederá el reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad subvencionada, así como la exigencia del interés de demora correspondiente».

Referencia: Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, art. 37.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Subvenciones», dentro del tema «Título II - Del reintegro de subvenciones / Capítulo I - Del reintegro». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 37 de Ley 38/2003. Es la pregunta 6 de 12 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción C: «El reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad, con el interés de demora.».

Materia
Subvenciones
Artículo o apartado
Artículo 37 - Causas de reintegro
Dificultad
Media
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 6 de 12
Última revisión

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