¿En cuánto se amplía el permiso del apartado 8.3 en el supuesto de discapacidad del hijo o hija?

  1. AEn cuatro semanas más para cada progenitor.
  2. BEn una semana más para cada progenitor.
  3. CEn seis semanas más para cada progenitor.
  4. En dos semanas más.Respuesta correcta

Explicación

El apartado 8.3 dispone que «este permiso se ampliará en dos semanas más en el supuesto de discapacidad del hijo o hija».

Referencia: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 8.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Apartado 8 - Permisos y reducciones de jornada por razones de conciliación de la vida personal, familiar y laboral». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, apartado 8.3. Es la pregunta 23 de 69 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «En dos semanas más.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Apartado 8.3 - Permiso de la persona progenitora diferente de la madre biológica por nacimiento, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija
Normativa
Instrucción 3/2019, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 23 de 69
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