Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

El artículo 37 bis.3 de la Ley 12/2007 vincula el desarrollo de los servicios de la Ley 39/2006, de promoción de la autonomía personal, con la conciliación de:

  1. ALas cuidadoras profesionales contratadas por las entidades prestadoras de servicios de ayuda a domicilio de los municipios.
  2. BLas personas empleadas públicas de la Junta de Andalucía que tengan reconocida una excedencia por cuidado de familiares.
  3. Las personas del núcleo de convivencia familiar responsables del cuidado continuado de las personas en situación de dependencia.Respuesta correcta
  4. DLas mujeres mayores de sesenta y cinco años que vivan solas y tengan reconocido algún grado de dependencia moderada.

Explicación

El artículo 37 bis.3 dispone que la Junta promoverá esos servicios para facilitar la autonomía de las personas dependientes, «a la vez que se favorecen las condiciones para la conciliación de la vida personal y laboral de las personas del núcleo de convivencia familiar responsables del cuidado continuado». Los demás colectivos no aparecen en el precepto.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 37 bis.3.

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