Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Conforme al artículo 37 bis.2 de la Ley 12/2007, la Administración de la Junta de Andalucía garantizará progresivamente la existencia de plazas escolares:

  1. AEn el segundo ciclo de la educación infantil en todos los municipios de Andalucía.
  2. BEn los centros de educación especial para alumnado con necesidades de apoyo.
  3. En el primer ciclo de la educación infantil para atender la demanda de las familias.Respuesta correcta
  4. DEn los centros concertados próximos al lugar de trabajo de los progenitores.

Explicación

El artículo 37 bis.2 dispone que la Junta «garantizará progresivamente la existencia de plazas escolares en el primer ciclo de la educación infantil para atender la demanda de las familias». Las demás referencias no figuran en el precepto.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 37 bis.2.

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