Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario

El acuerdo de iniciación de oficio del procedimiento de responsabilidad patrimonial se notificará, conforme al artículo 65.2:

  1. ASolo al servicio cuyo funcionamiento ocasionó la lesión.
  2. BExclusivamente al órgano consultivo que deba emitir dictamen.
  3. A los particulares presuntamente lesionados.Respuesta correcta
  4. DAl denunciante que hubiera puesto los hechos en conocimiento de la Administración.

Explicación

El artículo 65.2 ordena notificar el acuerdo a los particulares presuntamente lesionados. El informe del servicio y el dictamen consultivo pertenecen a la instrucción (artículo 81), y el denunciante no es el destinatario de esta notificación.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 65.

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