De acuerdo con el artículo 6.2 del Decreto 204/1995, ¿cómo deberán programarse las entrevistas para facilitar información particular?

  1. APor orden riguroso de presentación de la solicitud.
  2. BMediante resolución del Jefe de Servicio competente.
  3. CDentro del horario general de registro del centro.
  4. A través de horarios previos de citas.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 6.2 dispone que «Las correspondientes entrevistas deberán programarse a través de los horarios previos de citas que permitan salvaguardar la facilidad y comodidad de los interesados a la vez que el normal desempeño de las funciones administrativas».

Referencia: Decreto 204/1995 de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, art. 6.2.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Relaciones con la ciudadanía», dentro del tema «Capítulo II - Información administrativa». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 6 de Decreto 204/1995. Es la pregunta 15 de 19 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «A través de horarios previos de citas.».

Artículo o apartado
Artículo 6 - Información particular
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 15 de 19
Última revisión

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