Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: AvanzadaTemario

De acuerdo con el artículo 4.5 del Decreto 154/2011, en su redacción vigente, el nombramiento de la persona titular de la Secretaría del Consejo corresponde a:

  1. ALa Presidencia del Consejo, a propuesta de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer, por dos años prorrogables.
  2. BLa Vicepresidencia Tercera, a propuesta del Pleno del Consejo, por un período de cuatro años no prorrogables.
  3. CLa Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer, a propuesta de la Comisión Permanente, por dos años prorrogables.
  4. La Vicepresidencia Primera, a propuesta de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer, por cuatro años prorrogables.Respuesta correcta

Explicación

Tras el Decreto 115/2015, la Secretaría, desempeñada por una persona funcionaria con puesto de Jefatura de Servicio, se nombra «por la persona que ostenta la Vicepresidencia primera del Consejo, a propuesta de la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer por un periodo de cuatro años, prorrogables». Los dos años y la propuesta del Pleno corresponden a las personas de reconocida trayectoria del artículo 4.6.

Referencia: Decreto 154/2011, de 10 de mayo, art. 4.

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