Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: MediaTemario

Conforme al artículo 4.3 del Decreto 154/2011, en su redacción vigente, la Vicepresidencia Tercera del Consejo está ocupada por:

  1. ALa persona titular de la Consejería competente en materia de igualdad.
  2. BLa vocal elegida por mayoría simple entre las organizaciones de mujeres.
  3. CLa persona funcionaria que desempeñe la Jefatura de Servicio del Consejo.
  4. La persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 4.3 reparte las tres Vicepresidencias: la Primera para la persona titular de la Consejería competente en igualdad, la Segunda elegida «por y entre las personas que ocupen puesto en las vocalías del Consejo en representación de las organizaciones de mujeres, exigiéndose mayoría simple», y la Tercera para «la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de la Mujer». La Jefatura de Servicio es el requisito de la Secretaría (artículo 4.5).

Referencia: Decreto 154/2011, de 10 de mayo, art. 4.

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