Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

De acuerdo con el artículo 24.e) de la Ley 6/2006, es causa de cese:

  1. ALa mera apertura de diligencias penales ante el Tribunal Supremo.
  2. La sentencia firme que lleve aparejada la inhabilitación para el cargo.Respuesta correcta
  3. CLa pérdida de la condición de funcionario del grupo A1.
  4. DLa interposición de un recurso contencioso-administrativo.

Explicación

El artículo 24.e) contempla la sentencia judicial firme con inhabilitación.

Referencia: Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, artículo 24.

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