AdministraciónDificultad: BásicaTemario
De acuerdo con el artículo 13.2 de la Ley 9/2007, tendrán la consideración de órganos las unidades administrativas a las que se atribuyan funciones que:
- Tengan efectos frente a terceros o cuya actuación tenga carácter preceptivo.Respuesta correcta
- BDependan jerárquicamente de una Delegación Provincial.
- CSe limiten a la gestión de medios materiales de la Consejería.
- DSean internas y de mera preparación de expedientes, sin efectos frente a terceros.
Explicación
El artículo 13.2 establece que tendrán la consideración de órganos las unidades administrativas a las que se atribuyan funciones que tengan efectos frente a terceros o cuya actuación tenga carácter preceptivo. Las meras funciones internas de preparación no bastan por sí solas; tampoco la sola gestión de medios materiales ni la dependencia de una Delegación Provincial definen el concepto de órgano.
Referencia: Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, artículo 13.
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