¿Cuántos vocales como mínimo debe tener la mesa de contratación según el artículo 5.3.b) del Decreto 39/2011?

  1. AAl menos tres vocales.
  2. BAl menos cinco vocales.
  3. Al menos cuatro vocales.Respuesta correcta
  4. DAl menos dos vocales.

Explicación

El artículo 5.3.b) del Decreto 39/2011 exige al menos cuatro vocales designados por el órgano de contratación, entre los que figurarán obligatoriamente el asesor jurídico y el representante de la Intervención.

Referencia: Decreto 39/2011, de 22 de febrero, art. 5.3.b (redacción del Decreto-ley 3/2021).

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Contratos», dentro del tema «Capítulo II - Organización». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 5 de Decreto 39/2011. Es la pregunta 18 de 38 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Al menos cuatro vocales.».

Materia
Contratos
Artículo o apartado
Artículo 5 - Órganos colegiados de asistencia a los órganos de contratación
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 18 de 38
Última revisión

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