¿Cuántos días hábiles de permiso corresponden por hospitalización del cónyuge o de un pariente de primer grado según el artículo 48.a) del TREBEP?

  1. ATres días hábiles.
  2. BCuatro días hábiles.
  3. Cinco días hábiles.Respuesta correcta
  4. DDos días hábiles.

Explicación

El artículo 48.a) concede, por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el primer grado, «cinco días hábiles».

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 48.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título III - Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos / Capítulo V - Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 48 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 12 de 80 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Cinco días hábiles.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 48 - Permisos de los funcionarios públicos
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 12 de 80
Última revisión

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