¿Quién proporciona y mantiene los medios tecnológicos necesarios para el teletrabajo según el artículo 47 bis.4 del TREBEP?

  1. La Administración.Respuesta correcta
  2. BEl propio empleado público.
  3. CLa Administración y el empleado a partes iguales.
  4. DEl empleado, con una compensación económica.

Explicación

El artículo 47 bis.4 dispone que «la Administración proporcionará y mantendrá a las personas que trabajen en esta modalidad, los medios tecnológicos necesarios para su actividad».

Referencia: Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, art. 47 bis.4.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Título III - Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos / Capítulo V - Derecho a la jornada de trabajo, permisos y vacaciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 47 de Real Decreto Legislativo 5/2015. Es la pregunta 8 de 80 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «La Administración.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 47 bis - Teletrabajo
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 8 de 80
Última revisión

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