Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

Cuando la Oficina, a petición de la persona denunciante, inste a una entidad a reparar las represalias sufridas, ¿en qué plazo debe informarle la entidad de las acciones adoptadas según el artículo 37.3 de la Ley 2/2021?

  1. AEn un plazo de quince días.
  2. BEn un plazo de dos meses.
  3. En un plazo de treinta días.Respuesta correcta
  4. DEn un plazo de diez días hábiles.

Explicación

El artículo 37.3 dispone que, tras dirigirse la Oficina a la entidad instándole a reparar las represalias o perjuicios, «en un plazo de treinta días, se deberá informar a la Oficina sobre las acciones adoptadas o, en su caso, sobre los motivos que le hubieran impedido actuar». No se trata de diez días hábiles, quince días ni dos meses, y la falta de respuesta está tipificada como infracción en el título III.

Referencia: Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, art. 37

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