¿Cuál es la cuantía del subsidio por riesgo durante el embarazo, según el artículo 187.3 de la LGSS?
- El 100 por ciento de la base reguladora de la IT por contingencias profesionales.Respuesta correcta
- BEl 75 por ciento de la base reguladora de la IT por contingencias comunes.
- CEl 100 por ciento de la base reguladora de la IT por contingencias comunes.
- DEl 60 por ciento de la base reguladora de la IT por contingencias profesionales.
Explicación
El artículo 187.3 fija un subsidio del 100 por cien de la base reguladora, equivalente a la establecida para la IT derivada de contingencias profesionales.
Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 187.3.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título II - Régimen General de la Seguridad Social / Capítulo VIII - Riesgo durante el embarazo». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 187 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 2 de 3 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «El 100 por ciento de la base reguladora de la IT por contingencias profesionales.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Seguridad Social
- Artículo o apartado
- Artículo 187 - Prestación económica
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 2 de 3
- Última revisión
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