¿Contra qué bienes y derechos patrimoniales prohíbe el artículo 27.2 dictar providencia de embargo o despachar mandamiento de ejecución?
- AContra todos los bienes y derechos de la Junta, sin excepción, sean demaniales o patrimoniales.
- Contra los afectados materialmente a un servicio o función pública, entre otros supuestos.Respuesta correcta
- CSolo contra los bienes inmuebles inscritos en el Inventario General de Bienes y Derechos.
- DSolo contra los saldos de las cuentas abiertas en el Banco de España por la Tesorería General.
Explicación
El artículo 27.2 impide el embargo y el mandamiento de ejecución contra los bienes y derechos patrimoniales «cuando se encuentren materialmente afectados a un servicio público o a una función pública», cuando sus rendimientos o el producto de su enajenación estén legalmente afectados, o cuando sean títulos de ciertas sociedades públicas. La protección no alcanza a todos los bienes sin distinción, ni se limita a inmuebles inventariados o a cuentas del Banco de España.
Referencia: Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, art. 27.2.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Hacienda / Financiero», dentro del tema «Título I - Del régimen de la Hacienda de la Junta de Andalucía / Capítulo II - Las obligaciones». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 27 de Decreto Legislativo 1/2010. Es la pregunta 7 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «Contra los afectados materialmente a un servicio o función pública, entre otros supuestos.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Hacienda / Financiero
- Artículo o apartado
- Artículo 27 - Prerrogativas de la Hacienda Pública
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 7 de 20
- Última revisión
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