AdministraciónDificultad: MediaTemario
Conforme al artículo 66.c) de la Ley 9/2007, el umbral de autofinanciación que puede fundamentar la creación de una agencia administrativa es que el servicio sea susceptible de financiarse en más de:
- AUn tercio mediante transferencias finalistas de la Consejería de adscripción.
- Un cincuenta por ciento mediante los ingresos que genere su propia actividad.Respuesta correcta
- CUn setenta y cinco por ciento mediante Fondos Europeos gestionados por la agencia.
- DUn veinticinco por ciento mediante tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma.
Explicación
El artículo 66.c) fija el umbral en más de un cincuenta por ciento mediante ingresos de la propia actividad. No establece un tercio por transferencias, ni un 75 % por Fondos Europeos, ni un 25 % por tasas y precios públicos.
Referencia: Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, art. 66
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