AdministraciónDificultad: MediaTemario

Conforme al artículo 44 de la Ley 9/2007, los Letrados del Gabinete Jurídico podrán asumir la representación y defensa en juicio de autoridades y personal de la Administración, de las agencias administrativas, del Consejo Consultivo y del Consejo Audiovisual:

  1. AMediante convenio con la Consejería competente en materia de Presidencia.
  2. BPrevia autorización del Consejo de Gobierno en cada procedimiento.
  3. CSin sujeción a desarrollo reglamentario alguno.
  4. En los términos establecidos reglamentariamente.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 44 abre esa posibilidad «en los términos establecidos reglamentariamente», además del requisito del consentimiento y de la relación con el cargo. No dispensa del marco reglamentario; el convenio con Presidencia es el cauce del artículo 41.3 para otras entidades, no el de la defensa de autoridades y personal; ni exige autorización del Consejo de Gobierno en cada procedimiento.

Referencia: Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, artículo 44.

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