Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario
Conforme al artículo 33.4 de la Ley 13/2007, los protocolos sanitarios harán referencia expresa a las relaciones con la Administración de Justicia en los casos en que exista:
- ASolicitud expresa de la víctima de que se comuniquen los hechos al juzgado de guardia competente.
- Constatación o sospecha fundada de daños físicos o psíquicos ocasionados por estas agresiones o abusos.Respuesta correcta
- CUna orden de protección vigente dictada a favor de la víctima por el juzgado de violencia sobre la mujer.
- DUna lesión física que requiera para su sanidad tratamiento quirúrgico o ingreso hospitalario.
Explicación
El artículo 33.4 exige que los protocolos, con pautas uniformes en el ámbito público y privado, hagan referencia a las relaciones con la Administración de Justicia «en aquellos casos en que exista constatación o sospecha fundada de daños físicos o psíquicos ocasionados por estas agresiones o abusos».
Referencia: Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género, art. 33.4.
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